El mes de enero hubo que presentar varios modelos de declaraciones informativas (las más conocidos el 180 y 190). Tienes la información de los modelos a presentar en la Sede de la AEAT.
Si, por la razón que sea, se te ha olvidado y estabas obligado, puedes presentarlas, aunque sea fuera de plazo y tenga sanción.
La sanción por presentación fuera de plazo es la mitad si no te han requerido:
Artículo 198.2 LGT
1……
Si se trata de declaraciones exigidas con carácter general en cumplimiento de la obligación de suministro de información recogida en los artículos 93 y 94 de esta ley, la sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera debido incluirse en la declaración con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si las autoliquidaciones o declaraciones se presentan fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria, la sanción y los límites mínimo y máximo serán la mitad de los previstos en el apartado anterior.
Quizá no te libres de la sanción, pero es menor que si te requieren, ……. que no tardarán en hacerlo.