TRIMESTRALES. MODELOS.

DECLARACIONES TRIMESTRALES. MODELOS A PRESENTAR

Los modelos a presentar de declaraciones trimestrales relacionadas con el Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas son los siguientes:

  • PAGOS FRACCIONADOS: Modelos
    • 130
    • 131
  • RETENCIONES: Modelos
    • 111
    • 115
    • 117
    • 123
    • 124
    • 126
    • 128

En la Sede Electrónica de la AEAT, podéis encontrar unas estadísticas donde se ve la importancia de los modelos de las diferentes declaraciones trimestrales, aunque no están muy actualizadas. Los últimos datos son del 2015:

PAGOS FRACCIONADOS:

MODELOS 130 y 131:

Ya dijimos que muchos de los contribuyentes que realizan actividades económicas tienen que presentar estos modelos de declaraciones trimestrales:

Según el artículo 109 del R.D. 439/2007, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, los contribuyentes que ejerzan actividades económicas estarán obligados a autoliquidar e ingresar en el Tesoro, en concepto de pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la cantidad que resulte de lo establecido en los artículos siguientes, ….

Si una gran parte de tus ingresos (al menos el 70%) ya están sujetos a retención, no estás obligado a presentar esta declaración.

Como ya te retienen por un parte elevada de tus ingresos, no hace falta que hagas más pagos a cuenta.

Como dice la norma, (artículo 109 del Rgto IRPF) nos tenemos que fijar en el año anterior para ver si cumplimos las condiciones.

Si es el primer ejercicio en el que realizamos la actividad, al no tener año anterior, nos fijaremos en el período al que se refiere (primer trimestre, segundo, …).

De pagos fraccionados, hay dos modelos:

MODELO 130: Tendrán que presentar este modelo las personas físicas que desarrollen actividades económicas distintas de las agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras, cuyos rendimientos se determinen mediante el método de estimación directa, en cualquiera de sus modalidades: normal o simplificada

MODELO 131: Cumplimentarán este modelo las personas físicas que desarrollen actividades económicas distintas de las agrícolas, ganaderas y forestales, cuyos rendimientos se determinen con arreglo al método de estimación objetiva (los que están en «módulos»)

RETENCIONES:

El artículo 74 del Reglamento del Impuesto del IRPF establece las rentas que están sujetas a retención o a ingreso a cuenta.

Vamos a ir viendo, de forma resumida, los modelos de declaraciones trimestrales y las rentas que tienen que recoger cada uno de ellos.

MODELO 111

Este modelo recoge las retenciones de las siguientes rentas, entre otras:

  • Rendimientos del trabajo. 
  • Rentas de las siguientes actividades económicas: 
  • Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual e industrial, ….
  • Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias …

MODELO 115

Lo presentan quienes satisfagan o abonen rentas, dinerarias o en especie, sujetas a retención o a ingreso a cuenta correspondientes a alguna de las siguientes clases: 

a) Los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

A estos efectos, las referencias al arrendamiento se entenderán realizadas también al subarrendamiento.

Casi todas aquellas empresas, empresarios o profesionales que ejerzan una actividad en un local alquilado tienen que presentar este modelo. Se paga la renta al dueño y se retiene el porcentaje establecido ingresando dichas cantidades con este modelo 115.

Digo casi todas, porque hay casos en los que, si el arrendador cumple con unos requisitos, no hay que retener.

MODELO 123

Recoge las retenciones por determinados rendimientos de capital mobiliario o rentas, entre las que podemos destacar:

  • Rendimientos o rentas obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier entidad: Primas por asistencia a juntas, dividendos, rentas procedentes de cualquier clase de activos,…..
  • Rentas obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios procedentes de entidades vinculadas cuando el perceptor sea contribuyente del I.R.P.F.: Intereses de obligaciones, bonos, préstamos no bancarios, ……

MODELO 117

Recoge las retenciones de las rentas procedentes de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva y de las transmisiones de derechos de suscripción.

Como ya sabéis, si se venden las acciones de una empresa, se genera una ganancia o pérdida patrimonial que habrá que declarar en la declaración del IRPF.

Si lo que tenemos es una participación en un Fondo de Inversión, podemos:

  • Cambiar un fondo por otro, hacer un traspaso. En este caso no se genera una ganancia o pérdida patrimonial (aunque existan realmente). Se difiere la tributación hasta la venta.
  • Vender la participación. En este caso sí que se general la ganancia o pérdida patrimonial. Si hay ganancia, la entidad financiera practicará una retención sobre la misma que es la que ingresará a través de este modelo 117 y por cuenta del partícipe.

Si se venden derechos de suscripción, también la entidad financiera practicará una retención sobre la cantidad obtenida. Esa cantidad retenida la ingresará a través de este modelo 117 y por cuenta del vendedor.

MODELOS 124, 126 y 128

124: Recoge las retenciones e ingresos a cuenta de rentas de los rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

126: Recoge las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.

128: Recoge las retenciones e ingresos a cuenta de las rentas o rendimientos del capital mobiliario procedente de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.

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